La baja maternidad de las trabajadoras autónomas

La baja maternidad de las trabajadoras autónomas

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En este artículo
  1. La carta de una madre trabajadora y autónoma

Solicitar la baja por maternidad y por paternidad en la Seguridad Social, el Libro de Familia en el juzgado, el cheque bebé y tantos otros requerimientos, son trámites que deben ser solicitados en plazos muy limitados para una familia que acaba de tener a un bebé, considerando que junto a todo eso la familia, y principalmente la madre, tiene que adaptarse a la nueva realidad, a las molestias post parto, a los cuidados del bebé, y a los demás compromisos que conlleva la maternidad.

La carta de una madre trabajadora y autónoma

Madre da de mamar a recién nacido

A través del Foro de GuiaInfantil.com hemos recibido una carta de una madre que, a partir de su experiencia, hace una alerta a las demás madres, y en este caso hablamos de trabajadoras autónomas, sobre los riesgos, los derechos, y las injusticias que sufren en este sentido. Por lo oportuno que nos pareció el tema, hemos decidido reproducir su mensaje: Madres autónomas y Seguridad Social.

Soy nueva en este foro y quiero aportar una información muy importante para las trabajadoras autónomas. Por un lado, si vas a ser mamá o has sido recientemente debes saber que tienes 15 días a partir de la fecha del parto para presentar ante la Seguridad Social la Declaración de Situación de Actividad. ¡Qué no se os pase! -como me ocurrió a mí- porque, si no tenéis un argumento de fuerza mayor, la Seguridad Social os sancionará directamente y podéis perder como mínimo ¡un mes de vuestra prestación por maternidad! Es conveniente que hagáis este trámite a la vez que lleváis la baja maternal del médico para que la Seguridad Social os pague la prestación que nos corresponde (unos 3,5 meses aproximadamente).

Es así de injusto, como si el colectivo de trabajadoras autónomas no estuviese bastante desprotegido, pues nos exigen presentar este impreso en las peores fechas para una mujer que acaba de dar a luz ya que en las primeras semanas debemos adaptarnos a la nueva situación, a las molestias post parto, las primeras revisiones del bebé... y a esto le añadimos todos los trámites: solicitar la baja por paternidad, por maternidad en la SS; el Libro de Familia en el juzgado y los 100€ mensuales en Hacienda. Y otro asunto muy importante y poco difundido por la S. Social, que acabo de descubrir gracias a otra mamá que lo escribió en El País: cuando os incorporéis a vuestro trabajo, estáis exentas durante 12 meses de pagar la cuota de autónomo (¡cantidad nada desdeñable!). Es una bonificación que recoge la Disposición Adicional 65 de la Ley 30/2005 de los Presupuestos Generales del Estado para 2006. Si habéis pagado ya algún mes, creo que aún podéis solicitar que la SS os devuelva el importe y si no, ¡id cuanto antes a solicitar esta bonificación!

Os recomiendo un buen asesor para estos asuntos, pero cuidado, no todos (como el mío) están al día y si no os informáis por vuestra cuenta, podéis perder algún derecho. Espero que os sea útil.

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